| Concha Rubio :: 17/04/2007 :: 17:51 h. El grupo de grandes almacenes El Corte Inglés ha perdido la demanda que le interpuso el accionista disidente César Areces Fuertes, al dictaminar la jueza Miriam Iglesias que la valoración que de las acciones que realiza la compañía es irracional y perjudicial para el accionista y que no refleja el valor de las acciones, según ha podido saber Bolsacinco. Por ello, estaría obligado a comprar el paquete (0,7%) por 98 millones de euros y no lo 35 que ofrecía en un primer momento. La decisión supone valorar el corte Inglés en 14.000 millones de euros.
La sentencia que ha emitido la titular del juzgado Mercantil 3, indica que El Corte Inglés ha infringido dos preceptos en la transmisión de las acciones que estaba prevista en los estatutos. Declara que se ha incumplido el procedimiento de transmisión de acciones "inter vivos" establecido en el artículo 17 de los estatutos sociales de la compañía iniciado a petición de este accionista. Y señala que la valoración que la compañía que preside Isidoro Álvarez ha aportado, que suponía valorar la participación en 35 millones de euros según el método del valor teórico contable, es irracional y perjudicial para los accionistas ya que no refleja el valor de la compañía.
La familia Areces Fuentes encargó una valoración a dos profesores del IESE que cifraron el valor de las acciones de la compañía de distribución en 196,6 euros por cada acción de seis euros de nominal, frente a la valoración de 74,4 euros por acción que fijó el catedrático de la Universidad Autónoma, Leandro Cañibano. En este sentido la abogada de Areces Fuentes indicó el día que el juicio quedó visto para sentencia que la compañía ofrecía 35 millones de euros a sus clientes, frente a los 98 que ellos reclamaban como valor de las acciones.
Precisamente la jueza obliga a El Corte Inglés en la sentencia a comprar el paquete accionarial de César Areces Fuentes (del 0,7%) al precio de 98 millones , el resultante de valorar la compañía mediante el sistema de descuento de flujos de caja que defendían los hermanos Areces Fuentes asesorador por la valoración de los dos profesores del IESE.
Los cuatro hermanos Areces -que controlan en conjunto el 2,8% del capital- solicitaban en la demanda a la titular del juzgado tres opciones: o bien que se permitiera la libre transmisión a terceros de las acciones de El Corte Inglés, que la compañía que preside Isidoro Álvarez recomprase las acciones de César Carlos Areces al precio que refleja el informe realizado por los profesores del IESE, Fernández y Campa, (196,4 euros cada acción), o que el Registro Mercantil nombrase un auditor independiente para que realizara la valoración de la compañía.
La gran diferencia entre los 35 millones que ofrecía El Corte Ingles por ese paquete accionarial y los 98 millones dictaminados en la sentencia, radica en el procedimiento de valoración elegido. Precisamente esta valoración es la clave en este procedimiento judicial. Mientras que los profesores del IESE contratados por la rama disidente basan su método de cálculo de en el descuento de flujos de caja, el profesor Cañibano y el profesor Angulo (contratados por el El Corte Inglés) realizan la valoración en base al método del valor teórico contable.
Los abogados del demandante César Areces Fuentes -el bufete Jiménez de Parga- indicaron en la fase de conclusiones del día 13 de marzo, cuando el juicio quedó visto par sentencia, que “no se puede tener al socio cautivo de sus acciones al tener sólo la posibilidad de o vender a El Corte Inglés -con la expoliación de dos tercios del valor real de la acción- o quedarse como accionista.
Precisamente la valoración de El Corte Inglés llevó a su consejero delegado, Carlos Echevarría, a declarar en el juicio que la marca de El Corte Inglés en solitario no vale nada suelta, en una maniobra clara para rebajar el precio que le pide una rama de la familia Areces para venderle su participación minoritaria. La firma especialista del sector Interbrand aseguró el pasado año que valía 1.693 millones de euros.
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