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| | | | | Especial Declaración de la Renta 3. ¿CÓMO? | | |
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| | 27/04/2006 :: 18:17 h. Hay varias alternativas para hacer y presentar la declaración de la Renta:
- Hacerla nosotros:
Bien porque no tengamos el borrador o porque lo prefiramos, podemos hacer la declaración nosotros mismos y una vez terminada enviarla a través de Internet o llevarla a una oficina de Hacienda o a una de las entidades colaboradoras.
En el caso de que elijamos la red, sirve de ayuda y orientación el simulador PADRE (Programa de Ayuda a la Declaración de la Renta), que explicamos en el siguiente apartado. También podemos presentala en una entidad bancaria o directamente en Hacienda. Si hacemos uso del simulador hay que imprimirla en folios blancos, firmarla y llevarla dentro de un sobre. Teniendo en cuenta que si sale negativa tendremos que domiciliar la devolución en una cuenta de esa entidad.
- Que nos la hagan en Hacienda:
Para ello debemos ir a una de las oficinas de Hacienda pidiendo previamente cita. Se puede solicitar a través de la página WW.:https://aeat.es/ metiéndonos en el apartado Renta y Patrimonio o si nos resulta más cómodo llamando al número de teléfono 902121224.
Hay que destacar que Hacienda sólo hace aquellas declaraciones que correspondan al modelo simplificado. o sea aquellas que incluyan exclusivamente las siguientes rentas: rendimientos del trabajo, rendimientos del capital inmobiliario o mobiliario, Imputación de rentas inmobiliarias, excluida la vivienda habitual y el suelo no edificado, y ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de fondos de inversión y premios.
- Borrador
Desde hace un par de años, la agencia tributaria empezó a ha enviarnos un borrador de la declaración que nos sirve a veces como documento final que entregaremos o como una referencia sobre la que podemos empezar a corregir errores.
En cuanto a las personas que pueden pedirlo, se encuentran aquellos que tienen rendimientos por trabajo, rendimientos del capital mobiliario con retención o ingreso a cuenta, Letras del Tesoro, imputación de rentas inmobiliarias de dos inmuebles como máximo, ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta y subvenciones para la adquisición de vivienda habitual.
La deducción por compra de vivienda habitual con préstamo hipotecario, la deducción por donativos y la reducción por aportaciones a planes de pensiones no impide obtener el borrador.
Si la administración tributaria no tiene toda la información necesaria para completar el documento, sólo trasmite aquellos datos que ayudarán a elaborar la declaración del impuesto.
Si no nos ha llegado a casa conviene pedir a Hacienda el borrador como pista, para ello se puede llamar al 901121224 o al 901200345, con la declaración del año pasado en la mano. Una vez que la tengamos delante hay que comprobar cada dato ya que hay que hay que tener en cuenta que no todo lo que aparece registrado es correcto. La fecha tope para solicitar el borrador es el 23 de junio.
Si estamos de acuerdo con el borrador podemos confirmarlo por varías vías:
Por Internet a través de la página www.aeat.es
Por teléfono, en el número 901 200345
Por SMS mandando un mensaje al 5025 con el número del justificante del borrador y el NIF del contribuyente
En cajeros: En cajeros automáticos de entidades colaboradoras
A través de la banca telefónica y en las páginas web de los bancos colaboradores.
En la Agencia Tributaria, presentándose físicamente en sus oficinas.
Si no estamos de acuerdo con el mismo porque entendemos que hay algún error, podemos modificarlo, utilizando todas las vías anteriores a excepción del SMS.
De momento, el número de borradores confirmados se sitúa alrededor de los 170.000, lo que supone un incremento del 54% respecto a los confirmados en igual periodo del año anterior. Hasta el momento, se han recibido 9 millones de solicitudes de borradores o datos fiscales y se prevé alcanzar los 12 millones de envíos a lo largo de la campaña.
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